En nuestra asesoría en Ourense, una de las dudas más frecuentes que recibimos de los autónomos es la relacionada con la pensión de jubilación. La creencia generalizada es que los autónomos cobran menos pensión que los asalariados, y aunque es cierto, conviene matizarlo y entender bien de qué depende la cuantía final.

¿Cómo se calcula la pensión de un autónomo?

La pensión de jubilación de un autónomo se determina principalmente por dos factores:

  1. La base de cotización elegida a lo largo de su vida laboral.

  2. Los años cotizados al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

La Seguridad Social calcula una base reguladora sumando las bases de cotización de los últimos 25 años y dividiéndolas entre 350. A diferencia de los asalariados, los autónomos no cuentan con la integración de lagunas, lo que significa que los periodos sin cotizar no se rellenan con la base mínima y penalizan directamente la pensión.

¿Cuántos años mínimos hay que cotizar?

Para tener derecho a una pensión contributiva es necesario haber cotizado al menos 15 años, de los cuales 2 deben estar dentro de los últimos 15 previos a la jubilación. Con este mínimo solo se cobra el 50 % de la base reguladora. Para alcanzar el 100 %, es necesario haber cotizado más de 38 años.

¿Cuánto cobra un autónomo de pensión?

Según la Seguridad Social, la pensión media de un autónomo es casi un 40 % inferior a la de un trabajador asalariado.

  • Mientras un asalariado puede percibir alrededor de 1.600 € mensuales, un autónomo suele rondar los 970 €.

  • Con solo 15 años cotizados por la base mínima, la pensión puede quedar en unos 407 €.

  • Si se alcanza el 100 % de la base reguladora, la cifra asciende a unos 950 € al mes.

La Seguridad Social calcula una base reguladora sumando las bases de cotización de los últimos 25 años y dividiéndolas entre 350

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Pensión mínima contributiva para autónomos

La pensión mínima contributiva varía según la situación familiar:

  • Con cónyuge a cargo: 1.127 €/mes en 14 pagas.

  • Sin cónyuge a cargo: 874 €/mes.

  • Menores de 65 años con cónyuge a cargo: la misma cuantía que los mayores.

  • Menores de 65 años sin cónyuge a cargo: 818 €/mes.

Estas cifras se actualizan cada año en función del IPC.

¿Qué pasa si el autónomo también ha trabajado por cuenta ajena?

En los casos de pluriactividad, es posible cobrar dos pensiones si se cumplen los requisitos en ambos regímenes. Si no, las cotizaciones pueden acumularse en el régimen que sí genere derecho a pensión, siempre respetando el límite legal de cotización.

Consejos para mejorar la pensión de jubilación

En nuestra gestoría en Ourense recomendamos a los autónomos planificar con antelación para no encontrarse con sorpresas en el futuro. Algunas estrategias son:

  • Subir la base de cotización a medida que se acerca la edad de jubilación. Con el sistema de ingresos reales, los autónomos pueden modificarla hasta seis veces al año.

  • Complementar con planes de pensiones privados o de empleo, que además permiten aprovechar deducciones fiscales.

Conclusión

La pensión de un autónomo depende de lo que cotice y durante cuánto tiempo lo haga. Cuanto más planifiques, mejor será tu jubilación. Y si complementas con ahorro privado, tendrás una mayor seguridad económica.

En DPC, tu asesoría y gestoría en Ourense, te ayudamos a diseñar una estrategia fiscal y de cotización para que tu jubilación no te coja por sorpresa.

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En nuestra Asesoría en Ourense recomendamos a los autónomos planificar con antelación para no encontrarse con sorpresas en el futuro